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Bienestar Colsanitas

Preguntas y respuestas sobre el aborto

La Corte Constitucional despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación. Aclaramos algunas dudas al respecto.

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De ninguna manera el aborto es un método de planificación, o la sentencia de la Corte Constitucional que lo despenaliza tiene la intención de promover relaciones sexuales irresponsables. Es fundamental que la pedagogía sobre la salud sexual y reproductiva refuerce la importancia de la planificación y la protección frente a las enfermedades de transmisión sexual. 

Una profesional de la salud nos aclaró algunos conceptos y dudas sobre el aborto.

¿Qué es un aborto?

El aborto es la interrupción del embarazo. Puede suceder de forma espontánea (no deseada) o ser inducido (voluntaria). Según la doctora Marcela Otálora, ginecobstetra de Medisanitas, el aborto espontáneo ocurre antes de las 20 semanas de gestación o cuando el feto pesa menos de 500 gramos; después de este periodo se le llama muerte fetal. 

¿Hay diferentes tipos de aborto?

Sí.

Espontáneo: es la expulsión o interrupción involuntaria del embarazo. También se le llama “pérdida”. Las causas son varias y entre ellas están alteraciones genéticas o cromosómicas, malformaciones del feto y problemas de salud de la madre. 

Inducido, también llamado interrupción voluntaria del embarazo (IVE): consiste en extraer el embrión o feto para interrumpir la gestación a través de diferentes métodos.  

Terapéutico: es un aborto inducido que se realiza por razones médicas, es decir, cuando la vida de la madre o del feto están comprometidas o no son compatibles con la vida.  

¿Qué dice la ley colombiana de la interrupción voluntaria del embarazo?

Según el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia, la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un derecho fundamental de las niñas y mujeres reconocido por la Corte Constitucional Colombiana mediante la Sentencia C-355 de 2006, en tres circunstancias: 

1. Cuando la continuación del embarazo constituya un peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. 

2. Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico. 

3. Cuando el embarazo es el resultado de una conducta delictiva como el acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial, de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto. 

¿Qué plantea la reciente sentencia de la Corte Constitucional?

La Corte Constitucional colombiana despenalizó el aborto en las primeras 24 semanas de embarazo. Esto quiere decir que las mujeres que deseen interrumpir voluntariamente su embarazo no necesitan cumplir con las tres circunstancias establecidas en la sentencia de 2006. Cualquier mujer tiene derecho a que un profesional de la salud le realice el procedimiento sin que esto sea una causa para ser procesada penalmente. A continuación, el Congreso deberá legislar cómo será el proceso. Es importante aclarar que la sentencia consagra el derecho de interrumpir el embarazo pero no obliga a ninguna mujer a hacerlo, con lo cual se ratifica la autonomía y la autodeterminación reproductiva. 

¿Hay distintos métodos para realizar una IVE?

Sí. Cuando el embarazo se encuentra en el primer trimestre, se puede realizar con medicamentos para este fin. En otros casos es necesaria la evacuación por aspiración.

¿Es un procedimiento doloroso? 

Durante el procedimiento no se debe experimentar dolor, pues se realiza bajo anestesia. Sin embargo, durante el postoperatorio se pueden sentir cólicos porque el útero intenta estar nuevamente contraído, así lo explica la doctora Otálora.

¿Cuáles son los riesgos de una IVE? 

Cuando la IVE se hace en lugares que no cumplen con todas las normas de asepsia y antisepsia, es decir, que no es un área hospitalaria y no cuentan con el acompañamiento de un anestesiólogo y de un médico especialista, hay riesgo de que la paciente se infecte o sufra perforaciones en sus órganos, lo que puede provocar la muerte de la paciente.

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¿Qué es el legrado?

Es un procedimiento que consiste en raspar el tejido que ha quedado cuando la evacuación del producto de la concepción no se ha expulsado completamente. No necesariamente se hace en todos los abortos, ya que algunos tipos no lo requieren. 

¿Qué ocurre cuando hay infección?

Si después de un legrado la paciente llega a infectarse, puede necesitar que se le extraiga el útero, es decir, que se le realice una histerectomía, procedimiento que afecta su fertilidad. Esta es la complicación más grave, además de la muerte.

Después de un aborto, ¿al cuánto tiempo se puede volver a embarazar?

La doctora Otálora explica que luego de que la paciente ha tenido una pérdida de su embarazo, lo ideal es que no se embarace en los próximos seis meses y que antes de embarazarse, asista a una consulta preconcepcional para hacer todos los exámenes de rigor e iniciar la preparación para ese embarazo. Lo ideal es que la paciente se embarace en el momento en que lo desea, por eso son fundamentales los programas de promoción y prevención donde aplica la planificación familiar. 

¿Cuántas veces en la vida se puede realizar un aborto?

No hay evidencia científica que indique cuántas veces una mujer puede realizarse un aborto, no hay un límite establecido. El aborto es seguro siempre y cuando lo realice un profesional de la salud en clínicas especializadas. Esta supervisión también es importante después del procedimiento. 

¿Qué porcentaje de mujeres aborta durante la semana 24 de embarazo?

Según la organización Women’s Link, solo el 2 % de los embarazos son interrumpidos más allá de la semana 20 de gestación. El 83 % de las mujeres aborta en el primer trimestre de embarazo, es decir, antes de las 12 semanas; y 15 % aborta entrando al segundo trimestre de gestación.

¿Alguna patología previa hace más peligroso el procedimiento?

En principio ninguna. Sin embargo, allí radica la importancia de acudir con un especialista que pueda orientar a la mujer sobre el método recomendable para interrumpir el embarazo, teniendo en cuenta su caso específico y las condiciones de salud previas. 

¿En cuánto tiempo se recupera el cuerpo después de un aborto y qué cuidados se deben tener después de un legrado?

La paciente debe mantener reposo y no puede tener relaciones sexuales mientras el cuello esté dilatado, es decir, entre dos y tres semanas. Tampoco es recomendable practicar actividad física, usar tampones o duchas vaginales. En términos generales, entre las cuatro y seis semanas desde el aborto el cuerpo estará en recuperación y volverá el ciclo menstrual de manera normal. Es importante tener en cuenta que en este periodo se pueden presentar síntomas como cólicos, sangrados y decaimiento general. 

¿Cuáles son los beneficios de esta decisión en términos de salud pública?

Según la Organización Mundial de la Salud, OMS, cada año se realizan 22.000.000 de abortos inseguros en lugares clandestinos, donde las condiciones de salubridad son precarias y la mala praxis es recurrente. Según la Federación Colombiana de Obstetricia y Ginecología, en Colombia se realizan cada año más de 400.000 abortos clandestinos, que ponen en peligro la vida de las mujeres. La situación es tan grave, que los abortos inseguros son la tercera causa más común de muerte materna en el mundo, y provocan más de cinco millones de discapacidades. Estas cifras son evitables con la posibilidad de abortar en centros de salud certificados y con médicos especializados. 

 

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